El máximo tribunal declaró inconstitucionales normas de Santa Fe y Entre Ríos que establecían alícuotas diferenciales según el lugar de radicación de las compañías. Consideró que generan una discriminación y afectan el comercio interprovincial.
La Corte Suprema de Justicia de la Nación ratificó que las provincias no pueden cobrar alícuotas más elevadas del impuesto sobre los Ingresos Brutos a empresas radicadas fuera de sus territorios y falló en contra de las provincias de Santa Fe y Entre Ríos por aplicar ese criterio tributario.
En uno de los casos analizados, la firma Deloitte cuestionó un reclamo de la Administración Provincial de Impuestos de Santa Fe, que le exigía el pago de una deuda correspondiente al período 2012-2015 por haber aplicado una alícuota superior debido a que la empresa no contaba con sede física en esa provincia.
Los jueces Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti sostuvieron que aplicar una carga tributaria más alta únicamente por la ubicación de la sede de una empresa constituye una discriminación irrazonable y equivale a establecer barreras internas al comercio entre provincias.
En su resolución, el tribunal consideró que la normativa santafesina vulneraba el principio de igualdad y entorpecía la libre circulación comercial entre jurisdicciones. Por ese motivo, declaró la inconstitucionalidad de las disposiciones que fijaban alícuotas diferenciales en función del domicilio del contribuyente.
La Corte también se pronunció en una causa iniciada por Inc S.A., controlante de la cadena de supermercados Carrefour, contra la provincia de Entre Ríos. En ese expediente, la empresa cuestionó la aplicación de una alícuota del 5% por tener su sede fuera de la jurisdicción entrerriana.
Los magistrados rechazaron el argumento provincial de que una ley posterior había subsanado la situación, al señalar que esa modificación no tenía efectos retroactivos sobre los períodos reclamados. En consecuencia, concluyeron que la legislación de Entre Ríos también generó una discriminación basada en el lugar de radicación de las empresas y afectó el comercio interprovincial.








